Colabora, dona

Muchas formas hay de ayudar en la parroquia, también a través de tu aportación económica. ¿Has rellenado ya tu ficha de suscripción? No dejes de hacerlo, pidiendo la ficha o descargándotela en esta web. «Nunca es tarde si la ficha es buena». 😉 y la necesitamos de una forma especial ahora para construir el nuevo templo.

CUATRO FORMAS DE DONAR:

Suscripción: Descarga y entrega la:

2. Donación en la cuenta corriente de la parroquia:

Banco Sabadell IBAN: ES10 0081 0469 41 0002201427

Banco Santander IBAN: ES06 0049 1668 45 2210184698

BIZUM: En la app de bizum de tu banco teclea el 00058 ó 00141 en la pestaña «donaciones a ong’s».

A través del enlace «DONA» de esta web que te deriva a la aplicación «DONO A MI IGLESIA» de la Conferencia Episcopal Española, que nos reenvía el donativo.

Estas donaciones tienen una desgravación fiscal de entre el 35 y el 80%  en el IRPF.

Si tienes que hacer la declaración de la Renta, del conjunto de todos los donativos que hagas (Iglesia, ong’s…) podrás deducirte el 80% de los primeros 150 € donados a una entidad y el 35% del resto. Por ejemplo, si donas 12 E al mes a tu parroquia, al año habrás donado 144. Podrás deducirte en tu declaración 115’20€, por lo que tu esfuerzo económico anual será tan solo de 28’80 €.

La Iglesia Católica en España no recibe dinero con cargo a los presupuestos generales del Estado. Se sostiene gracias a los donativos de sus fieles y marcando la X, a favor de la Iglesia, en su declaración de la Renta.

La Parroquia es la casa de Dios y de tu familia, tu segundo hogar. Es donde tenemos el privilegio de vivir nuestra comunidad de fe: donde nos bautizaron, donde hicimos la primera comunión, donde adoramos y recibimos a Jesucristo vivo, donde nos reconciliamos con Dios Padre… Hoy, más que nunca, tu parroquia te necesita.

Los católicos sabemos que la Iglesia depende de cada uno de nosotros para edificarse, sostenerse y expandirse. Hubo una época en la que era costumbre colaborar con el llamado diezmo, pero hoy acudimos a las palabras de S. Pablo: «Cada uno dé como le dicte su corazón: no a disgusto ni a la fuerza, pues Dios ama al que da con alegría». (2 Cor 9,7).

RÉGIMEN FISCAL DE TUS DONACIONES

Puedes realizar un donativo periódico o puntual y colaborar de esta forma con la parroquia. Estos donativos se pueden se puede desgravar fiscalmente en la declaración de la renta con interesantes novedades para los donativos realizados durante el 2020, tras la publicación del Real Decreto-Ley 17/2020 del 5 de mayo en el que se modifican los porcentajes desgravables.

Te explicamos los distintos porcentajes de desgravación para los donativos realizados durante el 2020:   

Según el régimen fiscal:

  • Las personas físicas (las que tributan IRPF) se puede desgravar:
    • Donativos de hasta 150€ un 80%
    • Donativos de más de 151€ en adelante un 80% de los primeros 150€ y un 35% del resto.
    • Donativos recurrentes (dos años consecutivos donando la misma cantidad o mayor): 40%
    • Con un límite de deducción máxima: hasta el 10% de la base liquidable.
  • Las personas jurídicas (aquellas que tributan por Impuesto de Sociedades, el IS), se puede desgravar:
    • Donativos en general un 35%
    • Donativos recurrentes un 40%
    • Con un límite de deducción máxima: hasta el 10% de la base liquidable

¿Qué es un donativo recurrente? Para que un donativo sea considerado recurrente, tiene que cumplirse que en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones a la misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del periodo impositivo anterior. Por ejemplo, para los donativos realizados durante el año 2020 habrán de analizarse los donativos efectuados en los años 2019, 2018 y 2017.

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